La Suprema Corte de Justicia de la Nación iniciará la discusión de tres acciones de inconstitucionalidad para despenalizar el aborto en Coahuila y Sinaloa; pero por otro lado, también buscan avalar el derecho de los médicos a oponerse a practicarlo. Esto último, basado en la llamada objeción de conciencia.
La propuesta de Coahuila y Sinaloa va en el sentido de que ninguna protección a la vida desde la concepción; puede motivar restricciones en los derechos de personas ya nacidas. Por ello, la SCJN propuso declarar la inconstitucionalidad de algunos artículos del Código Penal de Coahuila y de la Constitución de Sinaloa, que impiden interrumpir el embarazo.
Sobre la objeción de conciencia, se propuso avalar el artículo 10 Bis, segundo y tercero transitorios de la Ley General de Salud que prevén esta figura. Dijo el ministro Luis Aguilar, que garantizar los servicios integrales de salud reproductiva es responsabilidad del Estado y no de los médicos; ya que estos están impedidos a apelar la objeción de conciencia cuando está en peligro la vida de la persona o se trate de una urgencia médica.
Recordemos que la objeción de conciencia no es un derecho, ni una política de Estado; sino una condición individual del médico con base en su libertad religiosa, ideológica y de conciencia.
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